Instalar cámaras de videovigilancia en mi negocio, ¿puedo hacerlo? ¿Qué necesito para cumplir con la normativa? ¿Dónde puedo colocarlas? ¿Tengo que pedir consentimiento para utilizarlas?

Todas estas cuestiones suelen ser recurrentes cuando nos planteamos esta posibilidad. Lo primero que debemos tener claro es que, de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos (LOPDGDD), las imágenes obtenidas por un sistema de videovigilancia son consideradas dato personal. La misma Ley 3/2018 permite en su artículo 22 LOPDGDD a las “personas físicas o jurídicas, públicas o privadas”, tratar “imágenes a través de sistemas o videocámaras con la finalidad de preservar la seguridad de las personas y bienes, así como de sus instalaciones”. Por tanto, la grabación de imágenes estaría permitida en negocios como por ejemplo un bar, una tienda o unas oficinas. Ahora lo que nos ocupa responder es cuáles son las condiciones para instalar cámaras de videovigilancia sin vulnerar la normativa en protección de datos.

En primer lugar, se deben usar carteles homologados por la Agencia Española de Protección de Datos. Estos carteles se colocarán en lugares visibles y en ellos habrá de figurar el nombre del responsable (es decir, nuestra compañía) y una dirección a la que los interesados podrán dirigirse para ejercer sus derechos.

En segundo lugar, debemos cumplir con la obligación de informar. Aclarar que no necesitamos el consentimiento de los interesados para instalar cámaras de videovigilancia, siempre y cuando informemos adecuadamente de ello. Sobre esta obligación de información, es muy importante distinguir entre empleados y clientes.

Si nuestro objetivo es ejercer funciones de control sobre nuestros trabajadores o empleados, establece el artículo 89 LOPDGDD que deberán ser informados “con carácter previo, y de forma expresa, clara y concisa”. Es importante destacar el carácter previo de la notificación, pues no será suficiente con colocar un cartel informativo. Además de informar sobre la instalación de cámaras, tendremos que informar a nuestros trabajadores sobre el uso de las mismas para control laboral. Una vez hecha la comunicación anterior, el uso de las imágenes grabadas será legítimo. En el caso de los clientes, se considerará que se les ha informado debidamente colocando estos carteles en lugares visibles de nuestro establecimiento, que cumplan con los requisitos explicados arriba.

Ahora tenemos que hacer otra delimitación importante: interior y exterior. ¿Vamos a instalar las cámaras para grabar las oficinas de mi negocio? ¿O tenemos intención de colocarlas en la fachada?

En el caso de la instalación de cámaras de seguridad en el interior, debemos subrayar que su uso debe restringirse al espacio de trabajo, no pudiendo colocarse en baños, zonas de descanso, vestuarios, etc. Asimismo, debemos informar de los lugares en que colocamos las cámaras. En este caso, nos vale con la utilización de carteles que sean visibles. La debida información de la instalación de una cámara en un lugar determinado puede ser determinante, pues de ello puede depender que las imágenes obtenidas puedan ser utilizadas como prueba.

En cuanto a la instalación de cámaras de videovigilancia en el exterior, si bien no está prohibido, deberá limitarse a la grabación de puntos en los que no se capten imágenes de la vía pública, salvo casos excepcionales. Recientemente, un partido político fue multado por la Agencia Española de Protección de Datos por este motivo, pues cedió a varias cadenas de televisión imágenes grabadas con las cámaras instaladas en la fachada de una de sus sedes, que apuntaban a la calle, mostrando matrículas de coches, peatones que circulaban por allí, etc.

Concluyendo, la utilización de cámaras en tu negocio puede ser beneficiosa a la hora de salvaguardar bienes, personas y, en definitiva, garantizar seguridad y protección. Pero esto debe realizarse con la asesoría adecuada por parte de profesionales. Por eso LVS2 realiza estas labores de consultoría y, asimismo, prepara cartelería homologada y personalizada a las necesidades de sus clientes. Lo más importante a la hora de emprender cualquier acción o ejecutar decisiones es contar con los profesionales adecuados a nuestro lado, de esta forma lograremos el cumplir nuestros objetivos sin preocuparnos por ser sancionados al haber infringido la ley.

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